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Condenaron a dos años de prisión en suspenso un hombre de San Clemente por mantener cautiva a su ex pareja


Un vecino de San Clemente del Tuyú fue condenado a dos años de prisión en suspenso por el delito de privación de la libertad agravada contra su ex pareja.

La decisión fue tomada en el marco de un juicio abreviado tramitado ante el Juzgado en lo Correccional N° 2 Departamental, el juez Dr. Jorge Martínez Mollard.

La causa se resolvió mediante un acuerdo alcanzado entre el fiscal Dr. Gustavo Mascioli, el defensor oficial Dr. Martín Molina y el propio imputado, que prestó su conformidad, informó el sitio Central de Noticias Madariaga.

Según la resolución judicial, en la madrugada del 25 de diciembre de 2020, el acusado desobedeció una orden de restricción vigente y se presentó en la vivienda de su ex pareja en San Clemente del Tuyú. Allí, la llevó por la fuerza a su habitación y la mantuvo retenida durante toda la noche, amenazándola para impedir que pidiera ayuda.

La víctima denunció que, en medio de la discusión, el agresor le quitó el celular y la llave de la vivienda, le dijo frases intimidantes como «yo soy dueño de tu vida, yo soy más vivo que la policía», y la retuvo hasta pasado el mediodía. En ese lapso, también la habría agredido físicamente y amenazado con un encendedor encendido cerca de su rostro.

Un informe de la Dirección de Género de la Municipalidad de La Costa confirmó que la mujer había mantenido una relación no conviviente con el acusado durante tres meses y que, tras sufrir episodios de control y violencia, había decidido separarse y denunciarlo, solicitando medidas restrictivas.

 

La sentencia

El magistrado consideró acreditada la materialidad del hecho y la autoría por parte del imputado, un hombre de 31 años, nacido en San Justo y domiciliado en San Clemente del Tuyú.

Por ello, lo condenó a dos años de prisión en suspenso, más el cumplimiento de reglas de conducta, entre ellas:

-Prohibición de acercarse a la víctima en cualquier lugar donde se encuentre.

-Prohibición de contactarla por cualquier medio (personal, telefónico, redes sociales, etc.).

Asimismo, el juez dictó un veredicto absolutorio respecto de los delitos de desobediencia a una orden judicial, amenazas agravadas por el uso de arma y lesiones leves agravadas por mediar violencia de género, debido a que estos hechos prescribieron antes de la sentencia.

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